lunes, 6 de julio de 2015

Absueltos Isma y Dani, encausados por la huelga del 29M. La sentencia absolutoria

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Por Kaos. Represión

Isma y Dani, fueron encausados por participar en la huelga general del 29M de 2012. Se les pedían 9 años de cárcel por participar en un piquete informativo, acusados falsamente de provocar actos vandálicos durante el mismo. Sufrieron 34 días de prisión en la carcel de Quatre Camins.

Recordamos que el pasado mes de junio, la nueva Alcaldesa Ada Colau, retiró en nombre del  Ayuntamiento de Barcelona los cargos contra Isma y Dani. Este es uno más de los casos emblemáticos de persecusión de luchadores y luchadoras sociales en el estado español.
A seguir un excelente artículo que analiza en profundidad la sentencia absolutoria de Isma y Dani:
La sentencia absolutoria de los jóvenes Isma y Dani apunta que “pudieron existir errores de identificación involuntarios”
Por Jesús Rodríguez para La Directa
La juez desacredita el testimonio y el atestado del sargento de Mossos que los detuvo y considera que existen numerosas contradicciones en todo el proceso. Los dos jóvenes estudiantes pasaron 34 días en prisión por estos hechos.
Pedían ocho años y nueve meses de prisión para cada uno de ellos, pero finalmente han quedado absueltos. Isma y Dani, los dos jóvenes estudiantes de la facultad de física y militantes del sindicato estudiantil AEP -que pasaron 34 días en prisión por haber participado en un piquete de la huelga general del 29 de marzo de 2012- no tendrán que cumplir ningún pena y podrán presentar una reclamación patrimonial contra el Estado para ser indemnizados.
La sentencia del juzgado penal 6 de Barcelona considera que “ante esta situación de incertidumbre probatoria y ante la inexistencia de pruebas concluyentes, necesariamente hay que ir al auxilio del principio in dubio pro reo y al mandato absolutorio que este principio impone “. La magistrada enumera pieza por pieza todo el procedimiento y llega a la conclusión de que a pesar de haberse incorporado la testifical de una decena de policías (entre Mossos y agentes de la Guardia Urbana), sólo un sargento de los Mossos vio los hechos y fue precisamente lo que ordenó la detención de los dos jóvenes.
Sólo un sargento de los Mossos vio los hechos y fue precisamente lo que ordenó la detención de los dos jóvenes
“Se ha probado la existencia de desórdenes públicos en tanto que los que fueron al lugar de los hechos han expresado la presencia de un grupo de personas encapuchadas y con la cara tapada, que arrojaban huevos, piedras, quemaban contenedores y neumáticos , lo que no se ha probado es que los acusados ​​sean los autores de estos hechos “, rubrica la juez Graziella Moreno. Más adelante aporta una consideración propia: “es evidente que en la situación tensa en la que se encontraba el testigo -el sargento de los Mossos- y ante los acontecimientos que se estaban produciendo, la identificación de los autores no es sencilla y pueden existir errores involuntarios “.
La sentencia narra algunos aspectos de las declaraciones del policía que fueron especialmente contradictorias. “Llama la atención que el propio agente indique que cuando el acusado Ismael hace lanzar un líquido en el contenedor fuera con la capucha y la cara tapada y que lo reconoció por las zapatillas, sin concretar tampoco como eran. En cuanto al acusado Daniel la única señal identificativo según ellos, son unas gafas de pasta que en el acto del juicio dice que son blancas y negras, y el atestado son blancas y amarillas “, destaca la magistrada. En cuanto a las pruebas periciales destaca que la botella con líquido para encender barbacoas que le fue requisada a uno de los acusados ​​estaba “llena, cerrada y precintada”.

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