El auto del caso de la mujer herida
durante la jornada de huelga del 14 de noviembre de 2012 desmiente la
versión defendida por el departamento catalán de Interior.
El juez que investiga la pérdida de un ojo de Ester Quintana ha dictado
una contundente resolución donde por primera vez considera
"indiciariamente acreditado" que a las 20:50 h. del 14 de noviembre de
2012 la vecina del barrio de la Verneda Ester Quintana recibió "un
impacto de una pelota de goma en el ojo disparada por el agente de los
Mossos con carné profesional número 14211".
Este agente es el escopetero de la furgoneta Dragón 40, precisamente la unidad que pocos días después de la mutilación del ojo de Quintana estuvo en el centro de todas las sospechas, fue retirada de servicio, y poco después se le llegó borrar el número "40" inscrito en el lateral del vehículo. La orden de disparar la dio el subinspector con carné profesional 3772 .
En relación a los dos disparos que lanzó el escopetero 14211, el magistrado apunta la posibilidad de que uno de ellos llevara bala de goma porque el vehículo procedía de la Vía Laietana, donde pocos minutos antes hubo graves incidentes. Para dar solidez a esta hipótesis, hace constar unos autos con el testimonio de una minuta policial sobre los hechos de Via Laietana en la que dos agentes afirman que "los antidisturbios del CMI comenzaron a efectuar lanzamientos de pelotas de goma contra los grupos de jóvenes que causaban disturbios". Es por ello que el juez piensa que el furgón vino desde la Via Laietana con la escopeta cargada con una bala de goma que fue disparada con la primera detonación.
La acusación particular no comparte la postura del juzgado y ya ha anunciado que presentará un recurso ante la Audiencia de Barcelona. Según ha explicado la abogada Laia Serra, estaríamos ante unas lesiones dolosas y no fruto de una imprudencia involuntaria, no sólo por la pérdida de un órgano vital, sino porque el agente que disparó era conocedor de los efectos que podía causar en la víctima. Los próximos meses se resolverá este recurso y el juicio debería celebrarse durante el otoño .
Este agente es el escopetero de la furgoneta Dragón 40, precisamente la unidad que pocos días después de la mutilación del ojo de Quintana estuvo en el centro de todas las sospechas, fue retirada de servicio, y poco después se le llegó borrar el número "40" inscrito en el lateral del vehículo. La orden de disparar la dio el subinspector con carné profesional 3772 .
Poco después del incidente el subinspector, varios cabos y escopeteros se reunieron
El juez considera que la actuación se hizo de manera rápida, en poco más de 25 segundos, y que ningún otro agente puede ser el autor de los disparos, porque los furgones 403 y 414 no dieron a los agentes del orden de bajar ni de disparar. En el auto con fecha de 6 de mayo se hace público por primera vez que poco después del incidente el subinspector, los cabos y los escopeteros se reunieron y se hizo un recuento de material, pero esto no quedó documentado. En relación a esto el juez destaca que " las pelotas se guardaban en la propia furgoneta , sin que existiera un control riguroso de su número ni de las especiales medidas para poder recogerlas".En relación a los dos disparos que lanzó el escopetero 14211, el magistrado apunta la posibilidad de que uno de ellos llevara bala de goma porque el vehículo procedía de la Vía Laietana, donde pocos minutos antes hubo graves incidentes. Para dar solidez a esta hipótesis, hace constar unos autos con el testimonio de una minuta policial sobre los hechos de Via Laietana en la que dos agentes afirman que "los antidisturbios del CMI comenzaron a efectuar lanzamientos de pelotas de goma contra los grupos de jóvenes que causaban disturbios". Es por ello que el juez piensa que el furgón vino desde la Via Laietana con la escopeta cargada con una bala de goma que fue disparada con la primera detonación.
La acusación particular no comparte la postura del juzgado de que fue una "imprudencia"
Este relato, compartido por el juez y el fiscal del caso, cierra el círculo sobre los policías y descarta cualquier otra causa que pudiera originar la herida, tal y como había defendido de manera insistente el Departamento de Interior desde hace dos años. Sin embargo, González Maillo considera que la lesión fue una "imprudencia" por incumplimiento del Procedimiento Normalizado de Trabajo (PNT), un documento interno donde se determinaba cómo y cuándo se podían utilizar las balas de goma hasta que fueron prohibidas el pasado 30 de abril.La acusación particular no comparte la postura del juzgado y ya ha anunciado que presentará un recurso ante la Audiencia de Barcelona. Según ha explicado la abogada Laia Serra, estaríamos ante unas lesiones dolosas y no fruto de una imprudencia involuntaria, no sólo por la pérdida de un órgano vital, sino porque el agente que disparó era conocedor de los efectos que podía causar en la víctima. Los próximos meses se resolverá este recurso y el juicio debería celebrarse durante el otoño .
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